RG CNV Nº 665 (26/05/2016)
PAGARÉ BUTSÁTIL
Modifica los requisitos para que los pagarés emitidos por Pymes puedan obtener autorización de oferta pública para ser negociados en los Mercados autorizados por la CNV.
- Se cambia la forma en que debe calcularse el monto mínimo de los pagarés (100.000 PESOS) cuando los mismos se encuentran emitidos en moneda extranjera, manteniendo como parámetro a estos efectos el tipo de cambio publicado por el Banco de la Nación Argentina como vendedor “billete”, y eliminando la remisión al tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 del Banco Central de la República Argentina.
- Se reduce el plazo mínimo del vencimiento del pagaré de un (1) año a ciento ochenta (180) días, manteniendo el máximo de tres (3) años a contarse desde su fecha de emisión.